“Ninguno de nosotros tiene actualmente la creencia “ de que será fácil la creación de un mundo mejor. “ Actualmente, cada uno de nosotros se da cuenta de que “ el sendero hacia un mundo mejor sólo puede “conse guirse mediante el sacrificio y la disciplina personal; “que los objetivos del mundo y sus propios pecados son “ nuestros objetivos y desgraciadamente, también “nuestras mismas faltas; y que un mundo mejor quiere decir “una mejor vida nacional, una mejor vida del grupo, “una mejor vida personal, y un nivel más elevado de “ética Esta es una lección difícil de aprender, pero es “una lección que la guerra y sólo la guerra nos ha “ podido enseñar”. (Del discurso pronunciado en la sesión inaugural de la Conferencia Internacional del Trabajo de Nueva York, por Miss Frances Perkins, Ministro del Trabajo de los Esta­dos Unido de Norteamérica).

1. GENERALIDADES

En discurso pronunciado ante el Congreso Nacional el 8 de Enero de 1918, el Presidente de los Estados Unidos de Norteamérica, Mr. Woodrow Wilson, enuncio sus famosos Catorce Puntos, por el considerados como el fundamento en que debía descansar una paz duradera. Con contenido a inspiración puramente políticos, estos Catorce Puntos fueron los orientadores de la precaria existencia de la Sociedad de las Naciones.

Espíritus más realistas comprendieron sin embargo que una sólida paz tenía raigambres más profundas; que la segu­ridad colectiva no podía basarse en programas de índole ex clusivamente política. Así, por ejemplo Clemenceau. No obstante nos extraña hoy día saber que cuando el estadista fran­cés anuncio la inclusión de ciertas disposiciones sociales en el Tratado de Versalles (Parte XIII), este hecho fué motivo de sorpresa para no pocos.

Veinte anos transcurridos entre dos guerras mundiales, han enseñado a los pueblos que es preciso, pare conservar la paz, organizar armónicamente, en todos los continentes y en cada nación de cada continente, tanto la seguridad política como la seguridad social y económica. Quedo también de­mostrado que los Estados debieron prepararse durante la guerre misma para afrontar los efectos de la crisis de post-guerra, cosa que no hicieron y que pagaron, con su imprevi­sión, con el desprestigio del régimen democrático ante las masas, lo que contribuyó al triunfo de ciertos sistemas antidemocráticos en varios países.

Se hacía, pues, necesario dar a las democracias basamen tos económicos y promover una mayor y racionalizada segu ridad social. A ello, y a preparar al mundo para encarar la crisis que sobre vendrá a esta Segunda Guerra Mundial, han tendido las iniciativas que a partir de la Carta del Atlántico, tanto en el plano nacional como en el internacional, hemos observado en los últimos años. Una de ellas ha sido la Confe rencia de Filadelfia cuyas recomendaciones referentes a la seguridad social serán objeto de somero análisis en el presente trabajo.

 

2.‑ANTECEDENTES

En su Mensaje al Congreso de 6 de Enero de 1941, el actual Presidente de los Estados Unidos, Franklin Délano Roosevelt, manifestó que los Estados Unidos pretendían un mundo fundado en cuatro libertades: libertad de palabra y expresión, libertad religiosa, libertad para obtener los medios de sustento y vida y libertad del terror, que «traducida a términos mundiales, significa la reducción de los armamentos en escala mundial».

Este espíritu, el de las cuatro libertades, va involucrado en la Declaración que el Presidente Roosevelt con el Primer Ministro del Reino Unido; Mr. Winston Churchill, emitie­ron el 14 de Agosto de 1941, conocida generalmente con la denominación de «Carta del Atlántico».

La Carta del Atlántico, que es a esta Segunda Guerra Mundial lo que los Catorce Puntos fueron a la Primera, es decir, un programa básico para una paz mundial, si bien, al igual que estos, aboga por la libertad de comercio, auto determinación de los pueblos, desarme e igualdad entre las nacio nes, a diferencia de los Catorce Puntos que nada expresan, aspira en sus números 4°, 5° y 6°, a sentar las bases para una coordinación de las economías nacionales, a dar acceso a las naciones en iguales condiciones al comercio y a las ma terias primas mundiales necesarias para su prosperidad eco­nomica y asegurar para todas mejores standard de trabajo, progreso económico y seguridad social.

En la Conferencia celebrada en Nueva York en Octubre­ Noviembre de 1941, la Organización Internacional del Tra­bajo prometió que toda su experiencia y recursos se emplearían en la realización de los principios enunciados en los ex­presados números de la Carta del Atlántico. A dar cumplido fin a esta promesa tienden las resoluciones y recomendacio­nes adoptadas en la Conferencia de Filadelfia. Verificada en esta ciudad entre el 20 de Abril y el 13 de Mayo de 1944, la Vigésimasexta reunión de la Organización Internacional del Trabajo congrego a las delegaciones de más de 40 países, dis­cutiéndose en ella los más importantes problemas económico-sociales de post‑guerra.

Se presento a la Conferencia un panorama de una com­plejidad sin precedentes. Aparte de los problemas existentes desde la anteguerra, se han producido durante la guerra misma, ciertos cambios que han agravado la situación: se han utili zado recursos cuya explotación es anti económica en época de paz; las reservas de capital se emplean sin reponerse; se contratan empréstitos extranjeros que han aumentado des proporcionadamente la deuda publica de los países; se ha restringido el consumo civil; se ha realizado la sistemática destrucción de ciudades, puertos y medios de transporte; se han adquirido por los individuos habilidades técnicas que en la paz no serán necesarias; se redujo la extensión a intensidad del comercio mundial, etc. (1). La guerra ha producido también repercusiones importantes en la situación del empleo. Se ha observado la transferencia de gran número de trabajadores de ciertas industrias a otras más necesarias para satisfacer las necesidades creadas por el conflicto; las mujeres entraron a ocupar cargos que antes no desempeñaban; el máximo apro­vechamiento de los recursos nacionales, la movilización mi litar y la instalación de numerosas industrias de guerra, acen tuaron la tendencia hacia el empleo total. Para ilustrar con cifras y dar una aproximada idea de lo que significa el proble­ma del reempleo, bástenos decir que sólo en Gran Bretaña, según declaro el Ministro de Reconstrucción, no menos de 10 millones de personas deberán cambiar de ocupación y en los Estados Unidos cerca de 30 millones de individuos tendrán que buscar nuevos empleos.  (2). Insistimos en este aspecto porque sabemos que, según lo declaro Sir William Beberidge en el informe en que expuso su conocido plan de seguridad social, casi íntegramente aceptado ahora ultimo por el Gobier­no británico, no es posible que prevalezca sistema alguno de seguridad social efectivo en circunstancias que una nación esta soportando desocupación en masa. Por otra parte, la des ocupación no puede ser combatida eficazmente sino median te una sólida economía nacional, lo que, a su vez, está condi cionado por un alto volumen de comercio internacional am pliamente extendido.

De ahí que paralelamente a las recomendaciones formu ladas por las Conferencias en materia de seguridad social, se Mayan hecho dos importantes recomendaciones más: aquella referente a la organización del empleo en el período de transición de la guerra a la paz y la resolución referente a la política economica para la realización de objetivos sociales. Esto nos hace llegar a una conclusión útil en la futura organización de un sistema racionalizado de seguridad social, cual es la de que no podemos pensar que sólo el seguro o la asistencia sociales, o ambos a la vez, nos dejaran a cubierto contra los riesgos de perdida transitoria o definitiva de la capacidad de ganancia de los asalariados. (3). De aquí que, lógicamente, tengamos que encauzar nuestros esfuerzos, en primer lugar, a dar trabajo a todo el que desee trabajarlo que esta condicionado al establecimiento de una economía sólida tanto en el plano nacional como en el internacional y subsidiaria mente a establecer sistemas de seguro y asistencia. Así se desprende también del plan Wagner‑Murray‑Dingell de segu ridad social, que insiste en no basar las esperanzas exclusiva­mente en el seguro social, toda vez que en el año 1941 estuvo en los Estados Unidos no menos del 50% de los asegurados sin trabajo y sin tener ya derecho a prestaciones.

 

3.‑DECLARACIÓN SOBRE FINES Y OBJETIVOS DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO Y DE LOS PRINCIPIOS QUE DEBERÍAN INSPIRAR LA POLÍTICA DE BUS MIEMBROS.

En la declaración de Filadelfia, la Conferencia reafirmó los principios en que se encuentra basada la Organización y destaco la importancia de atacar la pobreza en cualquier lugar en que estuviese y de luchar contra la necesidad con redobla da energía dentro de cada nación y mediante un esfuerzo internacional continuo y concertado ;. Con esta Declaración se reconoció, además, la obligación de la Organización de fomen­tar en todas las naciones planes para obtener mejores Standard de vida, empleo total, mejor protección de la vida y sa lud de los trabajadores y la extensión de las medidas de segu ridad social pare proveer un ingreso básico a los que necesiten tal protección; y asistencia medica completa .

La «Declaración de Filadelfia que, como lo expreso el Presidente Roosevelt en el discurso que ante las delegaciones asistentes a la Conferencia pronuncio el 17 de Mayo de 1944, resume las aspiraciones de una época que ha pasado por dos guerras mundiales, fué aceptada integralmente y sin discu sión por todos los países concurrentes. Figurará probablemen te en las disposiciones sociales del tratado de paz que seguirá a esta guerra.

 

4. RECOMENDACIÓN REFERENTE A LA SEGURIDAD DE MEDIOS ECONÓMICOS DE SUBSISTENCIA.

La Conferencia acordó en una sesión plenaria constituir una Comisión que analizaría el problema de la seguridad so­cial, particularmente en lo relativo a sus principios y a las cuestiones practicas que se suscitaran terminadas las hosti­lidades.

Para la mejor obtención del objetivo que le fue señalado, la Comisión eligió un Presidente, el señor Guillermo Padilla Castro, de la Delegación de Costa Rica y se subdividió en dos subcomisiones: una que estudiaría las materias referentes a las personas desplazadas de sus hogares y otra analizaría las cuestiones relativas a la asistencia medica.

Después de discutir los problemas de la seguridad social en general la Comisión consideró el que se refiere a la seguri dad de medios económicos de subsistencia a base de un infor me que presento a la Conferencia la Sección Seguros Socia­les de la Oficina Internacional del Trabajo. La Comisión pre sentó un proyecto de recomendación íntegramente aprobado por la Conferencia que lleva el número 67. Esta dividida en dos partes que se refieren respectivamente al seguro y la asis tencia sociales. La primeras ;y más importante se compone de cinco secciones relativas a los riesgos cubiertos, personas cubiertas, tasas de prestaciones y condiciones de cotización, distribución del costo y administración. La parte segunda se refiere a la manutención de niños, ancianos, inválidos y viudas necesitadas y a la asistencia social en general.

La recomendación 67 recoge gran parte de las más mo­dernas tendencias que se perfilan en materia de seguridad social, contenidas en las resoluciones adoptadas por las Con­ferencias Interamericanas del Trabajo de Santiago de 1936, de La Habana de 1939 y, particularmente, en la Declaración y reducciones aprobadas en la Primera Conferencia In­teramericana de Seguridad Social celebrada en Santiago de Chile del 10 al 16 de Septiembre de 1942.

Es notoria la influencia que en ella se observa, ejercida por los planes de seguridad social que diversos países, como Gran Bretaña, Estados Unidos, Canadá, Australia y otros, han elaborado para post‑guerra.

Los modernos sistemas de seguro presentan como ten dencia general, la universalidad en su campo de aplicación. Tratan de cubrir el mayor número posible de personas y abar car el mayor número de riesgos otorgando las más altas pres taciones. En todos ellos, la seguridad social esta basada en un régimen combinado de seguro y asistencia, absorbiéndose por el primero gran parte del campo de acción que tradicional mente estaba entregado a la segunda; ésta adquiere, cada vez en mayor medida, carácter subsidiario. Vale decir que el sis tema contributivo que implica el seguro esta primando sobre el no contributivo que envuelve la asistencia, porque se de sea que el propio asegurado se costee su seguridad de me dios económicos de subsistencia.

Estos mismos principios fueron recomendados en Fila delfia y en la Conferencia de Santiago de 1942. Es así como en la primera se recomendó que la seguridad de medios económi cos de subsistencia debería organizarse, tanto como sea posible, sobre la base del seguro social obligatorio por medio del cual los asegurados que han cumplido con todas las condiciones que se exigen tienen derecho, en, vista de las cotizaciones que han pa gado a una institución de seguro social, a las prestaciones paga bles en montos fijados por la ley al producirse los riesgos defi nidos por ella», y que las necesidades no cubiertas por el seguro social obligatorio deberán estarlo por la asistencia social . En la segunda, se recomendó que en aquellos países en que la seguridad social no hubiere cubierto la totalidad de la población, y existan servicios de beneficencia y asis tencia sociales, la coordinación o unificación de estos servi cios con los del seguro social, a fin de aumentar su efica­cia y economía».

El principio de la universalidad es recogido por la recomendación en estudio, al decir en el punto 5, que «los riesgos cubiertos por el seguro social obligatorio deberían incluir todos aquellos por los cuales el asegurado cesa de ganar, ya sea, por imposibilidad para trabajar o para obtener trabajo remune­rador o cuando muere dejando una familia que vivía a su cargo, y debería incluir, siempre que no estén cubiertos por otros medios, ciertos riesgos asociados que signifiquen comúnmente un peso extraordinario para entradas limitadas­ y en el punto 17 que establece que «el seguro social debería otorgar protección por los riesgos a que están expuestos to­dos los asalariados y todos los independientes junto con sus cargas de familia . . . ».

La inclusión de los trabajadores independientes (emplea dores y trabajadores que laboran por su cuenta), elemento común a todos los planes de seguridad de post‑guerra y reco­mendado en la Conferencia de Santiago de 1942 en su resolu­ción N.° 9, fue también aceptado en Filadelfia como se puede observar de la simple lectura del punto 17 ya citado. Sin em­bargo, esto no constituye novedad puesto que las legislacio nes de Dinamarca y Suecia primero, y Bulgaria, Finlandia, Noruega y Nueva Zelandia después, contemplaban la inclusión de los independientes entre los beneficiarios de sus siste mas de seguro. El actual proyecto de reforma de la Ley 4054, que desde 1941 esta sometido a la aprobación de nuestro Cuerpo Legislativo, extiende la protección del seguro a los independientes que no ganen más de 24 mil pesos anuales.

Es también tendencia generalizada en los planes de post-guerra, cubrir los riesgos que signifiquen la perdida total o parcial del salario; no obstante, el plan Beveridge aconseja la cobertura de riesgos que impliquen gastos extraordinarios que desequilibren el presupuesto familiar. Esta idea se repite en la recomendación en estudio, cuando al enumerar los ries­gos, el punto 7 dice que «a fin de que las prestaciones otorga­das por el seguro social puedan adaptarse estrechamente a las distintas necesidades, los riesgos cubiertos deberían cla­sificarse como sigue: a) enfermedad; b) maternidad; c) inva­lidez;   d ) vejez; e ) muerte del jefe de familia; f) desocupación; g) gastos de emergencia; y h ) daños originados en el empleo».

El plan Beveridge y el proyecto chileno presentan la par­ticularidad de coordinar con el sistema de seguro el riesgo por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Lo mismo se recomendó en Filadelfia. El punto 16 de la recomendación dice que «debería pagarse una compensación por daño—sea le­siones o enfermedad, originado en el empleo—no causado de­liberadamente o por la mala conducta seria y premeditada de la victima y del que resulte una incapacidad temporal o per­manente o la muerte». La Conferencia de Santiago de 1942 resolvió también «recomendar a los Gobiernos de las nacio­nes americanas que gestionen la promulgación de leyes que implanten el seguro social contra el riesgo; de accidentes pro­fesionales y la organización sistemática de su prevención». Otros planes de post‑guerra dejan a los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales como rama separada del seguro.

Las prestaciones, tanto en los planes como en la recomen dación 67, tienden a proteger a la familia antes que al asegu rado mismo. Presentan, además, dos características funda mentales: están adecuadas al nivel normal de vida del ase gurado y su cuantía es de un tipo tal que no incitan al benefi ciario a preferir las prestaciones al trabajo. La recomendación que analizamos dice a este respecto que las prestaciones de berían reemplazar las ganancias perdidas, en relación con las responsabilidades familiares, hasta un nivel tan alto como sea posible sin que impida el deseo de reasumir el trabajo cuando ello sea posible, y sin que sea para los grupos produc tores una cargo tan pesada que la producción y el empleo se encuentren afectados .

El punto 24 de recomendación expresa que «las presta­ciones de monto fijo pueden ser apropiadas para países en donde la población tiene facilidades económicas adecuadas; para procurarse protección adicional por medio del seguro vo­luntario. Estas prestaciones deberían medirse con el salario de los trabajadores no especializados». Este punto nos recuer­da que en Gran Bretaña, con el plan Beveridge, tratara de or­ganizarse la seguridad social combinándose en forma adecua­da el seguro obligatorio, la asistencia y el seguro voluntario, y lo que es una característica saliente del plan,, no se pretende establecer cuotas de contribución variables de acuerdo con las rentas del imponente, sino una cuota igual para todos, cualquiera que sea su renta, pero susceptible de ser alterada según el tipo de riesgo: es mayor, por ejemplo, para el seguro contra la desocupación que para el seguro contra la enfermedad.

En lo que se refiere a las condiciones de cotización, la recomendación 67 tiende a «reservar las prestaciones a aquellos que han entrado al seguro con la capacidad a intención de; tra­bajar para ganar su vida, y asegurar una razonable regulari­dad en el pago de las cotizaciones» (4). Se justifica esta condición diciéndose que «mientras que el campo de aplicación del seguro no sea prácticamente idéntico al de la población en edad de trabajar, mientras que el ingreso al seguro quede en alguna forma, opcional para el individuo; y mientras que ha­ya alguna oportunidad para eludir la obligación de cotizacio­nes, es claro quo estas condiciones de cotización serán nece­sarias» (5).

El financiamiento de los sistemas vigentes de seguro so cial salvo excepciones, como el caso de la Unión Soviética, País en que los Obreros no contribuyesen se hace sobre la base de la triple contribución patronal, obrera y del Es tado. Los planes proyectados para post‑guerra no escapan a esta tendencia, como tampoco la recomendación 67, que en su punto 26 dice que ;el costo de las prestaciones debería dis tribuirse entre los asegurados, entre los empleadores y entre los contribuyentes de tal manera, que sea equitativo para los asegurados y que evite una carga muy pesada a las personas de escasos recursos así como trastornos a la producción».

Con los planes y las recomendaciones de las Conferencias de Santiago y de Filadelfia, la administración del seguro tiende a unificarse y concentrarse en un sólo organismo. Tratándose de esta ultima, el punto 27 de la recomendación 67 dispone que «la administración del seguro social debería unificarse o armonizarse dentro de un sistema coordinado de servicios de seguridad social; los cotizantes, a través de sus organizaciones; deberían estar representados en los órganos que determinen o aconsejen la política administrativa y propongan la legisla­ción o los reglamentos».

 

5.—RECOMENDACIÓN RELATIVA A LA ASISTENCIA MEDICA

En el curso de la guerra, la salud ha estado adquiriendo cada vez en mayor grado un acentuado carácter publico, y haciendo cuerpo la idea que ella debe ser preferentemente atendida por los poderes del Estado.

Es por esto que Gran Bretaña, Canadá, Australia, África del Sur y otros países, han estado elaborando, desde hace al­gunos años, planes médicos de gran envergadura, con los que se trata de proporcionar a todas las familias y a cada uno de sus miembros, los servicios médicos que les sean necesarios para curar y, especialmente, prevenir las enfermedades. Se acentúa con estos planes la tendencia a limitar la práctica pri­vada y a organizar los servicios dentro de un sistema de medi­cina dirigida, lo que, naturalmente, impone al Estado mayores responsabilidades financieras.

Considerando que la pobreza, en muchos casos, es la re­sultante de la mala salud de la población y de que no hay suma de dinero capaz de compensar su perdida, la Conferen­cia de Filadelfia formulo una importante recomendación, cuya orientación es análoga a la que se puede constatar con el estudio de los expresados planes, que según el Director de la Oficina Internacional del Trabajo, Mr. Edwards Phelan, puede sintetizarse en los cinco siguientes principios:

1. Todas las formal necesarias de asistencia medica deben estar disponibles, para todos los miembros de la comunidad, sin ninguna traba economica.

2. La atención debe ser preventiva y curativa y debe tender a mantener y mejorar la salud.

3. La unidad de acción de los servicios médicos debe ser la familia y cada familia debe tener su medico propio .

4. Los médicos generales deben trabajar en estrecha co­laboración con los especialistas y con los hospitales.

5. Los servicios de atención medica deben colaborar es­trechamente con los servicios generales de salubridad (6).

La recomendación sobre asistencia medica, que lleva el N.° 69, resultado del estudio de la subcomisión de asistencia medica a que ya aludimos en el párrafo 4.° de nuestra exposi ción, esta dividida en seis secciones, que se intitulan: genera lidades, personas cubiertas, otorgamiento de cuidado médico y su coordinación con los servicios generales de salubridad, calidad del servicio, financiamiento del servicio médico y con­trol y administración de los servicios médicos.

Plantean los planes una cuestión previa de primordial importancia, cual es la de si el servicio médico será organiza do como servicio publico o a través de un sistema de seguro y asistencia sociales. Si esto se hiciera de acuerdo con la pri mera escuela, la atención médica debería financiarse median te fondos públicos y otorgarse sin examinar los recursos económicos del beneficiario o hacer otra clase de discriminaciones. Esa forma de servicio público se encuentra organizado en la Unión Soviética y así lo preconizan los planes elaborados por el Comité Parlamentario Mixto de Seguridad Social y el Con­sejo de Investigación y de Salubridad Nacional de Australia, e identificó criterio sustenta la Asociación Médica de la Unión Sudafricana. El segundo sistema, en cambio, mantiene la relación entre la imposición y la prestación médica, no solamen te porque la falta de imposición hace caducar el derecho a la prestación, sino porque el monto de la cotización es proporcional al costo total del servicio. El primer método tiene la ventaja de no presentar obstáculos y hacer más efectivamente aplicable el principio de la universalización. El segundo limi ta el campo de la atención y hacer necesario dividir a los bene ficiarios en dos categorías: los imponentes que obtienen la prestación a través del seguro y los no imponentes que la ob tienen por medio de la asistencia que exige el exam en de me dios económicos y se inspira en móviles caritativos.

La recomendación 69 estableció a este respecto que la asistencia médica debería concederse mediante el seguro y la asistencia sociales o un servicio público. Lo primero cuando la atención se limite a una sección de la población, pero en tal caso debería comprender al asegurado y su familia y ser financiado por aportes tripartitos, o fondos exclusivamente públi­cos tratándose de la asistencia. Si la atención pretende hacerse llegar a toda la población y se la desea coordinar con Los servicios de salubridad, la recomendación prefiere un servicio pu­blico costeado con impuestos generales o especiales.

La coordinación de la asistencia medica, preconizada en el plan propuesto por el Comité Consultivo de Seguro de En fermedad, creado en el Canadá en Febrero de 1942, es esencial para una atención medica racionalizada. De ahí que en Fila delfia se haya establecido que la asistencia completa, pre ventiva y curativa, debería estar constantemente disponible, razonablemente organizada, y coordinada, tanto como sea po sible, con los servicios generales de salubridad».

El derecho a la libre elección del medico, recomendado por la mayoría de los planes, es una cuestión de suyo comple ja. En principio hay quo reconocerlo como un factor quo con­tribuye a una más eficaz atención médica, pero es preciso, al mismo tiempo, establecer a esta facultad ciertas limitacio nes; desde luego, por razones de economía, el enfermo tendrá quo circunscribirse a efectuar la elección entre los profesionales quo se encontraran en centros vecinos. Además, la necesi­dad de un tratamiento continuo, precisa quo el paciente sea atendido por personas quo conozcan sus antecedentes patológicos y psíquicos, cuestiones quo aconsejan no aceptar en for­ma absoluta el principio. Refuerza la consideración que tra tándose de la atención especializada, el paciente no estará generalmente capacitado para decidir quo clase de tratamien­to especial exige su enfermedad. Por tales razones, el proyecto de seguridad social de los Estados Unidos o plan Wagner Murray Dingell, y el plan ca­nadiense de seguro de enfermedad, circunscriben el derecho de libre elección al medico general, quo tiene facultad para de­signar al especialista del caso. En igual sentido se pronuncia la recomendación 69, al decir que «el beneficiario debería tener derecho de hacer una elección inicial entre los médicos gene rales a disposición del servicio medico dentro de una distancia razonable de su domicilio, del medico quo desea quo le atienda permanentemente (medico de familia), debería tener el mismo derecho de elección para sus hijos... . Según la recomendación, la atención debe estar disponi ble en todo momento y lugar y proporcionarse sin limite por un servicio con administración unificada. Una autoridad central que represente a la comunidad, debería ser responsable de la formulación de la política o po líticas de salubridad, sujeta a consulta y a colaboración con los médicos y profesiones conexas sobre todos los asuntos pro fesionales, ya consulta con los beneficiarios sobre asuntos de política y administración que afecten al servicio médico .

 

6.—OTRAS CUESTIONES RELATIVAS A LA SEGURIDAD SOCIAL

Se preocupo también la Conferencia en la recomendación 68, de la seguridad de medios económicos de subsistencia y de la asistencia médica en favor de las personas licenciadas de las fuerzas armadas a industrias de guerra, para quienes se contempla una asignación especial de desmovilización y se reconoce el derecho de considerarse la duración del servicio cumplido en las fuerzas armadas y servicios asimilados, como un período de cotización para determinar si se han llenado las condiciones relativas al cumplimiento de un periodo de se guro .

 

Se consideraron, además, varios aspectos prácticos de­rivados de la guerra, como la protección de los derechos al seguro social de las personas desplazadas de sus hogares, ]as indemnizaciones de los danos causados a las instituciones de seguro social de las naciones ocupadas, disposiciones legales sobre tratados o convenios de carácter social acordados du­rante la guerra, etc.

 

7.—CONCLUSIÓN

Es imperativo que, a la luz de los principios que en ma teria de seguridad social emergen de las numerosas iniciati vas nacionales e internacionales tomadas durante la guerra, se organice nuestra Previsión Social de acuerdo con un siste ma planificado y con carácter nacional antes que clasista.

Concordamos plenamente con la opinión vertida por uno de nuestros parlamentarios, que en Julio del presente escribía:

«. . . Nuestra Previsión y Asistencia Social no se atienen a ningún sistema unitario ni plan preconcebido. . .», y más adelante, que «Es preferible concebir y construir una nueva ley orgánica de Previsión y Asistencia Social, antes que repa rar, completar o reformar las innumerables leyes existen tes . (7).

 

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Notas

1

Informe de la Delegación de las Depresiones Económicas de la Sociedad de las Naciones. 'La transición de la economía de guerra a la de paz'. Ginebra. 1943, pág. 9 y 36. volver

2

Memoria del Director de la Oficina Internacional del Trabajo para la Con­ferencia Internacional del Trabajo de Filadelfia. Montreal. 1944, pág. 48. volver

3

BUSTOS, JULIO.-“ La Seguridad Social”. Santiago de Chile, 1942, pág. 13. volver

4

Informe IV para la Conferencia Internacional del Trabajo de Filadelfia. ' Seguridad Social: principios y problemas resultantes de la guerra '. Montreal. 1944, pág. 21. volver

5

Ibidem, pág. 31. volver

6

Memoria cit., pág. 58. volver

7

BERMAN, NATALIO: 'La Unidad Nacional por la Atención del Capital Humano '. Diario 'El Siglo '. Santiago de Chile. 31 de Agosto de 1944. volver