En su sesión de fecha 26 de enero el Consejo de la Facultad conoció del Convenio firmado entre el Centro de Alumnos de la Carrera de Derecho y el Ministerio de Justicia, acordándose después de breve discusión otorgar a los trabajos un valor académico previa aprobación del Departamento respectivo, al cual le correspondería designar uno o más profesores que tomarán a su cargo los controles del caso. Dichos trabajos tendrán la valoración de un crédito, lo cual deberá hacerse oportunamente al momento de la distribución de todos los créditos.

Convenio

Teniente presente: La enorme importancia que para el desarrollo del país y la consiguiente transformación estructural tiene una política jurídica; Que en esta tarea está empeñado el Gobierno de la Unidad Popular a través de su Ministerio de Justicia; Que en el cumplimiento de estos objetivos se traduce la voluntad de las clases trabajadoras, las cuales están empeñadas en ser verdaderos agentes de los cambios revolucionarios que el país necesita; Que el papel de los estudiantes universitarios, en la lucha de liberación de los trabajadores, es la misma en que está empeñado el Gobierno de la Unidad Popular presidido por el compañero Salvador Allende; Que la participación del movimiento estudiantil en esta tarea puede ser óptima y satisfactoriamente aprovechada, sobre todo si el estudiantado universitario trabaja en aquellos Campos propios de su especialidad profesional; y Que en la ocasión de realizarse los trabajos de verano de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Chile, se ofrece la oportunidad de trabajar en el sector campesino de la provincia de Colchagua y en poblaciones de la Ciudad de Santiago, en experiencias estrechamente relacionadas con materias jurídicas. La Subsecretaría del Ministerio de Justicia y el Centro de Derecho de la Universidad de Chile, en adelante Subsecretaría y Centro, para los efectos del presente convenio, acuerdan: 1° El Centro se compromete a movilizar estudiantes de Derecho o de otras especialidades para que en el sector de la Provincia de Colchagua y en poblaciones o barrios de Santiago, que designe la Subsecretaría, realicen trabajos de investigación y capacitación jurídica;

2° La Subsecretaría se encargará de proveer los recursos necesarios para el transporte, alimentación y alojamiento en cuanto no sean costeados o proveídos por la FECH u otros organismos; 3° La misma Subsecretaría entregará los antecedentes y medios de información que los estudiantes requieran en el desempeño de su trabajo, investigación o estudio; 4º La Subsecretaría también se vinculara a dichos trabajos de verano por intermedio de profesores encargados de elaborar y proyectar las diferentes transformaciones jurídicas del país, de este Ministerio; 5º No obstante lo anterior, el Centro se responsabilizará de lograr la colaboración de profesores de la Escuela de Derecho que puedan orientar los trabajos por realizar y que informes a las autoridades académicas respectivas, acerca del rendimiento de cada uno de los participantes en esta labor, así como de los resultados del esfuerzo colectivo; 6º Los trabajos de verano así determinados versarán principalmente en la investigación de los problemas y conflictos que se presentan en los lugares a los cuales se vaya; de las organizaciones formales a informales existentes para dar solución a esos problemas o conflictos; del nivel general de conocimiento legal o judicial existente; del nivel de conocimiento de la organización institucional del país; de las necesidades y aspiraciones expresadas por ellos, respecto del área institucional y jurídica. Además se proporcionará la capacitación jurídica que se estime necesaria y conveniente para la defensa y protección de los intereses y derechos de los trabajadores; 7° El Centro dará cuenta de su trabajo cuando la Subsecretaría así lo solicite y hará un resumen final de lo realizado al fin de la permanencia en las zonas fijadas, indicando además las medidas más urgentes que hubiere que adoptar en el futuro, con el objeto de garantizar una adecuada administración de justicia; 8° Las partes que suscriben el presente convenio se comprometen a estudiar toda fórmula que permita un trabajo conjunto o coordinado en forma permanente, el cual con autorización de las autoridades académicas correspondientes contaría con créditos reconocidos por la Universidad; 9° El Programa específico sería estudiado de Conjunto y entrará en vigencia desde la fecha de su ratificación o aquella que se acuerde por ambas partes.

Santiago, enero 6 de 1971.